Tanto el transportista como
el transporte deben estar debidamente autorizados y registrados por la
autoridad competente; los requisitos legales son diferentes en función de la
comunidad autónoma en la que nos encontremos, así como si la actividad se hace
de un modo profesional, o por el contrario un particular transporta animales de
su propiedad, en su propio vehículo, sin ánimo de lucro, e incluso por la
propia duración del viaje o distancia.
En cualquier caso se deberá
cumplir con la normativa
vigente en materia de bienestar animal durante el transporte de animales vivos,
a la cual el transportista está obligado.
Se deberán mantener actualizados los
datos declarados en el momento de solicitar la inscripción en el Registro
Autonómico y comunicar cualquier incidencia cuando tenga conocimiento de la
misma, en un plazo inferior a quince días.
Igualmente se llevará un registro de actividades
actualizado de todos los transportes que efectúe, en soporte papel o
informático y a disposición de las autoridades competentes, donde figuren los
datos básicos de idoneidad del transporte y conservar los documentos
relacionados con cada transporte, debidamente archivados durante un período
mínimo de tres años.
Se llevará, durante el transporte, la
documentación correspondiente a la autorización como transportista y la que
corresponda al medio de transporte, así como la documentación sanitaria y de
identificación de los animales, con el documento acreditativo de la
desinfección, y la certificación de competencia del conductor o cuidador,
responsable del bienestar de los animales durante el transporte.
Se efectuará la limpieza y la desinfección
previa y posterior en el transporte y abastecerse de la certificación
correspondiente, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de
limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera
en el sector ganadero.
El vehículo dispondrá de un cartel
visible, en el que aparecerá el texto TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS, en el que figurará
el número de autorización del vehículo o medio de transporte.
A modo de ejemplo, en
Andalucía, para solicitar la autorización y registro será preciso aportar,
entre otra, la siguiente documentación:
·
Documentación acreditativa de medios de transportes adscritos al
solicitante.
·
Número de autorización del transportista asociado al medio de
transporte, en su caso.
·
Descripción del medio de transporte.
·
Especies y tipos de animales por los que se pide la autorización y
capacidades máximas propuestas por cada uno de los tipos de animales.
·
Permiso de circulación.
· Tarjeta de transporte para los transportes comerciales.
·
Certificación de vigencia de la ITV.
·
Hoja de características del medio de transporte.
·
Certificado de idoneidad.
Una vez obtenida la
autorización, se deberá renovar periódicamente la misma como ocurre con la ITV
de cualquier vehículo.
En definitiva, como podéis
comprobar, la norma no es sencilla ni uniforme, por lo que una vez más
recomendamos que con carácter previo a adquirir cualquier vehículo de
transporte acudáis al órgano competente para asesoraros correctamente de los
requisitos que deben ser cumplidos en cada caso particular.